Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091226-0270
Páginas: 0
|
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 34 DE MADRID EDICTO Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 467 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jean Pierre Novaro, contra la empresa “Aisladecal, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 18 de noviembre de 2009, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Fallo Que debo estimar la demanda interpuesta por doña Beatriz Rodríguez Montero, contra “Fantasy Móvil, Sociedad Limitada”, y a su tenor, previa declaración de improcedencia del despido practicado, debo condenar a esta a que, a su opción, readmita a la trabajadora despedida en las mismas condiciones vigentes con anterioridad al despido o le indemnice en la suma de 7.482 euros, más los salarios de tramitación devengados desde el día 10 de marzo hasta la notificación de esta sentencia si opta por indemnizar o la fecha de readmisión si optare en este sentido. De los salarios de tramitación se excluirá el período comprendido entre el 7 de junio y el 18 de noviembre de 2009, que se imputan a la actora. La expresada opción deberá efectuarse, por escrito o comparecencia, en el Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia. Caso de no efectuarse en tiempo y forma, se entenderá que opta por readmitir a la trabajadora demandante. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aisladecal, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 2 de diciembre de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/41.520/09) |

