Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-12-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091226-0236

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 29 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado a instancia de don Ángel Pérez Remedios, don Juan Antonio Barroso Hidalgo y don Juan Antonio Bajo Sanz, contra “Estructuras Barbarroya, Sociedad Limitada”, en reclamación por cantidad, registrado con el número 27 de 2009, con fecha 28 de septiembre de 2009 se ha dictado la sentencia número 368 de 2009, cuyo fallo es del tenor siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Ángel Pérez Remedios, don Juan Antonio Barroso Hidalgo y don Juan Antonio Bajo Sanz, contra “Estructuras Barbarroya, Sociedad Limitada”, condeno a dicha empresa a abonar a cada uno de los actores las sumas de:

A don Ángel Pérez Remedios: 525,27 euros.

A don Juan Antonio Barroso Hidalgo: 501,50 euros.

A don José Antonio Bajo Sanz: 548,18 euros.

Más el 10 por 100 de interés anual de demora sobre la deuda salarial desde la fecha de interposición de la papeleta de conciliación.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Estructuras Barbarroya, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente.

En Madrid, a 30 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.596/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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