Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-12-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091226-0199

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 18 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 649 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Bárbara Gutiérrez Pérez, contra la empresa “Compañía Internacional de Gestión e Inspección, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Propuesta de providencia de la secretaria judicial, doña Pilar Ortiz Martínez.—En Madrid, a 27 de julio de 2009.

Únase el escrito presentado por la demandada a los autos de su razón. Se tiene por efectuada en tiempo y forma la opción de la parte demandada a favor del abono de la indemnización a la trabajadora, declarándose extinguida la relación laboral entre las partes. Dése traslado a la parte demandante para su conocimiento.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe.—Conforme: El magistrado-juez de lo social (firmado).—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Compañía Internacional de Gestión e Inspección, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.678/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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