Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091226-0198
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D) Anuncios Consejería de Economía y Hacienda
La Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego de la Consejería de Economía y Hacienda ha dictado Resolución de requerimiento de la solicitud de duplicado de autorización para instalar máquinas recreativas y máquinas recreativas con premio programado en el establecimiento de hostelería citado en el título de la presente Resolución. La notificación a la interesada se ha intentado en dos ocasiones conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que se haya conseguido practicar por causas no imputables a esta Administración. Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede por la presente a publicar dicha Resolución de denegación, cuyo texto íntegro se une como Anexo. Asimismo, se informa a la interesada de que también se ha efectuado la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido. Madrid, a 4 de noviembre de 2009.—El Director General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, PDF (Resolución de 7 de septiembre de 2009), el Subdirector General de Ordenación y Gestión del Juego, Juan Carlos Muñoz Martín. ANEXO Acusamos recibo de su escrito que tuvo entrada en el Registro de la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego el 18 de septiembre de 2009, en el que solicita duplicado de la autorización para instalar máquinas recreativas en el establecimiento de hostelería denominado “O’Doble JR”, sito en calle Los Monegros, número 7, de Leganés. En relación con dicha petición, le comunico que, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la presente notificación, deberá efectuar el pago de las tasas por Servicios Administrativos (4,09 euros). Se le informa de que, transcurrido el plazo concedido sin que se haya aportado lo solicitado, se le tendrá por desistido de su solicitud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, previa Resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la citada Ley. Madrid, a 6 de octubre de 2009.—El Jefe del Área de Gestión del Juego, Rosario García Sanz. (03/40.144/09) |

