Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091222-0060
Páginas: 0
|
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS MADRID URBANISMO Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda Dirección General de Planeamiento Urbanístico Subdirección General de Planificación y Revitalización del Centro Urbano Consejería Técnica ANUNCIO El excelentísimo Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 29 de octubre de 2009, adoptó el siguiente acuerdo: «Primero.—Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones y en los términos que se indican en el expediente, la modificación del Plan Especial del Área de Planeamiento Remitido 10.04, “Colonia Militar de Campamento”, Distrito de Latina. Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística.» Lo que se publica para general conocimiento en cumplimiento de lo establecido por el artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio recibió con feche 23 de noviembre de 2009 una copia del expediente de la modificación del Plan Especial aprobada; asimismo, y a efectos de lo establecido por el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se significa que la modificación del Plan Especial del Área de Planeamiento Remitido 10.04, “Colonia Militar de Campamento”, no contiene Normas Urbanísticas. Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.3 de la Ley de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, en relación con el artículo 46.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998, todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos. Madrid, a 27 de noviembre de 2009.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco. (03/41.220/09) |

