Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
21-12-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091221-0064

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 81
DE MADRID

EDICTO

Don Demetrio García Iglesias, secretario judicial del Juzgado de primera instancia número 81 de Madrid.

Hago saber: Que en los autos de juicio ordinario número 1.692 de 2007 seguidos en este Juzgado a instancias de “Unión Financiera Asturiana, Sociedad Anónima, Establecimiento Financiero de Crédito”, representada por la procuradora, doña Isabel Covadonga Juliá Corujo, contra doña Ana María Cerro Díaz y don Ángel Martín Amores, se ha dictado sentencia con fecha 16 de octubre de 2008, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, acuerdo: estimar la demanda promovida por “Unión Financiera Asturiana, Sociedad Anónima, Establecimiento Financiero de Crédito”, contra doña Ana María Cerro Díaz y don Ángel Martín Amores, y, en consecuencia, declaro resuelto anticipadamente el contrato de préstamo, y condeno a doña Ana María Cerro Díaz y don Ángel Martín Amores, a que solidariamente abonen a “Unión Financiera Asturiana, Sociedad Anónima, Establecimiento Financiero de Crédito”, la suma de 7.084,80 euros, más el interés legal del dinero desde la fecha de presentación de la demanda, que se incrementará en dos puntos desde la fecha de la presente resolución, con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, con la indicación de que la misma no es firme y que contra la cual cabe recurso de apelación a preparar en el plazo de cinco días desde la notificación, ante este Juzgado.

Líbrese y únase testimonio de la presente resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Ana María Cerro Díaz se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 3 de diciembre de junio de 2009.—El secretario (firmado).

(02/13.962/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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