Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
21-12-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091221-0239

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 12 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 921 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Rafael Montes Castellanos, contra la empresa “Compañía Madrileña de Asistencia en Carretera, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 440 de 2009

En Madrid, a 4 de noviembre de 2009.—Doña María del Carmen Camargo Sánchez, magistrada-juez en sustitución del Juzgado de lo social número 12 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, don Juan Rafael Montes Castellanos, que comparece con asistencia del letrado don Alberto Sastre Manchado, y otra, como demandada, “Compañía Madrileña de Asistencia en Carretera, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en legal forma, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Estimo la demanda del actor don Juan Rafael Montes Castellanos, y declaro improcedente el despido con efectos de 1 de mayo de 2009. En consecuencia, condeno a la empresa “Compañía Madrileña de Asistencia en Carretera, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por la anterior declaración, debiendo optar en el plazo de cinco días contados desde la notificación de esta sentencia entre la readmisión del trabajador en las mismas condiciones que regían antes del despido o, en otro caso, a la extinción del contrato, con abono de la indemnización que queda fijada en la cantidad de 3.476,34 euros.

En ambos casos la demandada abonará los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de esta sentencia a razón de 1.545,04 euros mensuales, con inclusión de prorrata de pagas extras.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguiente a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado con el número 2510, con la indicación del número 984/09 de procedimiento, en la sucursal de “Banco Español de Crédito”, de la calle Orense, número 19, de Madrid, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena.

Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera se designará de oficio.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Compañía Madrileña de Asistencia en Carretera, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.408/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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