Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
18-12-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091218-0332

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 17
DE MADRID

EDICTO

Doña Socorro Martín Velasco, secretaria del Juzgado de primera instancia número 17 de Madrid.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de juicio verbal a instancias de “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, contra don Antonio Arroyo Trapero, en los que se ha dictado sentencia de fecha 15 de junio de 2009, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 15 de junio de 2009.—La ilustrísima señora doña Milagros del Saz Castro, magistrada-juez de primera instancia del número 17 de los de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 77 de 2008, a instancias de “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora señora Martín Rico y asistida de letrado don José Luis Esteban Villar, contra don Antonio Arroyo Trapero, en rebeldía procesal.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora señora Martín Rico, en nombre y representación de “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, frente a don Antonio Arroyo Trapero, en situación procesal de rebeldía, debo:

1.  Declarar y declaro resuelto el contrato de suministro de gas existente entre partes suscrito mediante póliza número 609.770.

2.  Condenar y condeno al demandado a estar y pasar por esta resolución, con la obligación de permitir la entrada en el domicilio donde se presta el suministro para desmontar el contador de gas, clausurando la instalación receptora, y para el caso de no realizarlo de forma voluntaria, en proceso de ejecución se dictará auto de entrada con ese fin.

3.  Condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la suma de 1.055,31 euros, más el interés legal desde la fecha de presentación de la demanda.

4.  Condenar y condeno al demandado al abono de las costas procesales causadas.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Madrid.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Antonio Arroyo Trapero, para que así conste y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido el presente edicto en Madrid, a 26 de noviembre de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/13.936/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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