Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-12-2009

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091217-0367

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D) Anuncios

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

Resolución de 9 de octubre de 2009, por la que se hace público el acuerdo relativo al Plan Especial de Infraestructuras “Enlace media presión B (MPB) al Sector Suroeste del Suelo Apto para Urbanizar 21 de El Molar”, en los términos municipales de San Agustín del Guadalix, Algete y El Molar, promovido por “Gas Natural Distribución, Sociedad Distribuidora de Gas, Sociedad Anónima” (Ac. 29/09).

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en sesión celebrada el día 26 de febrero de 2009, examinó el expediente relativo al Plan Especial de Infraestructuras “Enlace Media Presión B (MPB) al Sector Suroeste del Suelo Apto para Urbanizar 21 de El Molar”, en los términos municipales de San Agustín del Guadalix, Algete y El Molar, promovido por “Gas Natural Distribución, Sociedad Distribuidora de Gas, Sociedad Anónima”.

En virtud del contenido del informe técnico-jurídico, de fecha 13 de febrero de 2009, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General en fecha 14 de febrero de 2009, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.3.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, adoptando acuerdo del siguiente tenor literal.

«Primero

Aprobar inicialmente el Plan Especial de Infraestructuras “Enlace Media Presión B (MPB) al Sector Suroeste del Suelo Apto para Urbanizar 21 de El Molar”, en los términos municipales de San Agustín del Guadalix, Algete y El Molar, promovido por “Gas Natural Distribución, Sociedad Distribuidora de Gas, Sociedad Anónima”.

Segundo

Iniciar el trámite de información pública del Plan Especial por un período de un mes, mediante inserción de los correspondientes anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia, al objeto de que puedan formularse las alegaciones que se estimen oportunas.

Tercero

Requerir informe, concediendo el mismo plazo de un mes para su emisión, a los siguientes organismos afectados:

— Confederación Hidrográfica del Tajo. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.

— Dirección General del Medio Ambiente (Área Vías Pecuarias). Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

— Dirección General de Patrimonio Histórico. Consejería de Cultura, Deporte y Turismo.

— Dirección General de Evaluación Ambiental. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

— Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid. Ministerio de Fomento.

— Dirección General de Industria, Energía y Minas. Consejería de Economía y Hacienda.

Cuarto

Dar traslado del expediente a los Ayuntamientos de San Agustín del Guadalix, Algete y El Molar, para su conocimiento e informe, que deberá emitirse igualmente en el plazo máximo de un mes».

Lo que se hace público para general conocimiento significándose que, en cumplimiento de la normativa vigente, podrá ser examinado, por un período de un mes, en los locales de la Comisión de Urbanismo de Madrid, sitos en el Negociado de Información Urbanística, calle Maudes, número 17, de Madrid, en horas hábiles, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el día en que termine el plazo de información pública.

Durante el expresado período de tiempo, cuantas personas se consideren afectadas podrán formular alegaciones, mediante escrito dirigido a la Presidenta de la Comisión de Urbanismo de Madrid.

Madrid, a 9 de octubre de 2009.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(02/12.528/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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