Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-12-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091217-0366

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 21 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 651 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mariano Sánchez del Prado del Prado, contra don Severino Río Rodríguez, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 422 de 2009

En Madrid, a 14 de octubre de 2009.—Doña Isabel Sánchez Peña, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, ha visto y oído los presentes autos de procedimiento laboral número 651 de 2009, seguidos entre las partes: de una, como demandante, don Mariano Sánchez del Prado, asistido por el letrado señor Zurro Usillos, y de la otra, como demandados y don Severino Río Rodríguez y Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Mariano Sánchez del Prado, debo condenar y condeno a don Severino Río Rodríguez, a abonar a la parte actora la cuantía de 5.701,56 euros en concepto de salarios, más el 10 por 100 de interés en concepto de mora. Procede absolver al Fondo de Garantía Salarial de la demanda, sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta 2519, clave 65, en la entidad “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid, sucursal 1143 (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento)

Asimismo deberá en el momento anunciar el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día 16 de octubre de 2009, por la ilustrísima señora magistrada-juez doña Isabel Sánchez Peña, que la suscribe, en la Sala de audiencias de este Juzgado, doy fe.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Mariano Sánchez del Prado y a don Severino Río Rodríguez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/40.987/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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