Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091217-0196
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 24 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 565 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Esther Farraces Vadillo, contra don Ramón David Rey Carballa, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y “Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales Universal-Mugenat”, sobre Seguridad Social, se ha dictado sentencia de fecha 18 de noviembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Sentencia En Madrid, a 18 de noviembre de 2009.—Doña Susana García Santa Cecilia, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, tras haber visto los presentes autos número 565 de 2009, sobre incapacidad temporal, en los que han sido partes: como demandante, doña Esther Farrales Ladillo, asistida del letrado don Juan Nicolás Chico, y como demandados, don Ramón David Rey Carballa y don Agustín Villoria Vicente, ambos no comparecen al acto de juicio, y contra Tesorería General de la Seguridad Social, Instituto Nacional de la Seguridad Social y “Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales Mutua Universal”, se desiste de ellos en el acto de juicio, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia. Fallo Que estimando la demanda interpuesta por doña Esther Farraces Vadillo, contra don Agustín Villoria Vicente y don Ramón David Rey Carballa, debo condenar y condeno a los demandados a abonar a la actora la cantidad de 240,60 euros por el concepto que se expresa en el fundamento de derecho segundo. Notifíquese esta sentencia a las partes y adviértase de que no es firme, y que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo, en su caso, anunciar el propósito de hacerlo dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la misma por conducto de este Juzgado, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de la sentencia de su propósito de entablar el recurso, pudiendo también anunciarse el recurso por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o representante ante este Juzgado y en el indicado plazo, si fuera la empresa demandada quien intentase interponer el recurso de suplicación deberá consignar el depósito de 150,25 euros en la cuenta corriente denominada “Recurso de suplicación” que con el número 2522 mantiene este Juzgado de lo social en la misma entidad bancaria, debiendo el recurrente entregar en la Secretaría del Juzgado el correspondiente resguardo al tiempo de interponer el recurso de suplicación. Se advierte además a las partes que deberán hacer constar en los escritos de interposición del recurso y de impugnación un domicilio en la sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a efectos de notificación, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 195 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Ramón David Rey Carballa, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 18 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/40.572/09) |

