Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-12-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091217-0036

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MAJADAHONDA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Por el Ayuntamiento de Majadahonda se ha aprobado inicialmente, por acuerdo de Pleno de fecha 27 de noviembre de 2009, la ordenanza municipal reguladora del Registro Electrónico y de la Administración Electrónica de Majadahonda.

En atención a lo expuesto se somete a información pública por plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, quedando el expediente a disposición de cuantos estén interesados en el mismo en la Secretaría General del Ayuntamiento de Majadahonda, plaza Mayor, número 3, primera planta, en horario de lunes a viernes, de nueve a trece horas.

Este anuncio está exento del pago de la tasa por inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.1.b) de la Ley 2/2004, de 31 de mayo, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid, dado que su publicación es obligatoria de acuerdo con una norma legal (artículo 25.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, en relación con el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local).

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL REGISTRO ELECTRÓNICO Y DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA DEL AYUNTAMIENTO
DE MAJADAHONDA

Majadahonda, a 27 de noviembre de 2009.—El alcalde-presidente, Narciso de Foxá Alfaro.

(03/40.255/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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