Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-12-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091216-0217

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 19 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 31 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier González Manzano, contra la empresa “GSR Sinérgica de Seguridad, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente:

Dada cuenta; vistas las actuaciones practicadas en el presente proceso de ejecución y el contenido del escrito presentado por la entidad “Madrid Leasing Corporation, Sociedad Anónima”, procede, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 258 de la Ley de Procedimiento Laboral, la convocatoria urgente de las partes a la celebración de una vista incidental a fin de decidir sobre el dominio de los bienes embargados alegado por dicha entidad, con traslado a las mismas de la documentación obrante en autos relativa al vehículo, consistentes en la consulta de antecedentes de la Dirección General de Tráfico y la certificación expedida por el Registro de Bienes Muebles de Madrid.

Se señala para que tenga lugar la celebración de la vista incidental el día 21 de diciembre de 2009, a las diez y treinta horas de su mañana, citándose a tal fin a las partes personadas, a la entidad que alega el dominio del vehículo, “Madrid Leasing Corporation, Sociedad Anónima”, entidad financiera de crédito, y al adjudicatario del vehículo, don José Manuel Yepes Gordo, en nombre y representación de la empresa “Comercial Yegor, Sociedad Limitada”, con la advertencia de que en caso de no acudir a dicha vista les parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.

Igualmente, procede, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 258.3 de la Ley de Procedimiento Laboral, la suspensión de las actuaciones ejecutivas relativas al vehículo embargado, haciéndose saber expresamente al adjudicatario del vehículo que este queda temporalmente a disposición del Juzgado y, por consiguiente, la prohibición absoluta de proceder a su venta o enajenación en tanto no se resuelva el presente incidente de ejecución.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Javier González Manzano, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de noviembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/41.230/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091216-0217