Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-12-2009

Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091216-0237

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 3
DE ALCOBENDAS

EDICTO

El secretario del Juzgado mixto número 5, actualmente de primera instancia número 3 de Alcobendas.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 440 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Alcobendas, a 28 de agosto de 2008.—Don Javier Martín-Borregón y García de la Chica, magistrado-juez titular del Juzgado de instrucción número 5 de esta villa y su partido, ha dictado la siguiente resolución.

Sentencia

Visto el presente juicio de faltas seguido por una supuesta falta de hurto, en el que han sido partes: el ministerio fiscal; establecimiento comercial “Decathlón”, como denunciante, y don Berdia Arabuli, como denunciado.

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Berdia Arabuli, como responsable en concepto de autor de una falta de hurto, ya definida, a la pena de treinta días de multa, a razón de 6 euros, lo que hace un total de 180 euros, así como al abono de las costas procesales, si las hubiera.

Y que indemnice a “Decathlón” en la cantidad de 39,90 euros. Una vez que se satisfaga la indemnización, le será entregado el artículo, que quedará en posesión de “Decathlon” hasta entonces.

En el caso de que la condenada no abonara voluntariamente o por la vía de apremio la multa impuesta, quedará sujeta a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplir mediante localización permanente.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y cabe recurso de apelación (artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).

Inclúyase la presente en el libro de sentencias, dejando en las actuaciones testimonio de la misma.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Berdia Arabuli, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcobendas, a 26 de noviembre de 2009.—El secretario (firmado).

(03/40.452/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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