Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-12-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091216-0130

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 137 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Milagros Parreño Gómez, contra la empresa “Carsán Torrejón, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 9 de septiembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a)  Despachar la ejecución solicitada por doña María Milagros Parreño Gómez, contra “Carsán Torrejón, Sociedad Limitada”, por un importe de 349,58 euros de principal, más 20,97 euros de intereses provisionales, más 34,95 euros de costas e intereses que se fijan provisionalmente.

b)  Acumular la presente ejecución a la número 137 de 2009, seguida en este mismo Juzgado entre las mismas partes, ascendiendo el principal de todas las ejecuciones acumuladas a un total de 1.136,21 euros de principal, más 68,16 euros de intereses provisionales y 113,61 euros de costas provisionales.

c)  Trabar embargo sobre los bienes de la demandada que a continuación se detallan:

Los que se encuentren en el domicilio social de la ejecutada “Carsán Torrejón, Sociedad Limitada”, sito en la calle Grafito, local 12, 28850 Torrejón de Ardoz (Madrid).

Asimismo, líbrese oficio a la Delegación de Hacienda de Madrid.

d)  Líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las cuales se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiéndose solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios materiales y personales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.

e)  Se advierte y requiere a la ejecutada en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto.

f)  Adviértase a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios por cada día que se retrase.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Isidro M. Saiz de Marco.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Carsán Torrejón, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.628/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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