Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091216-0170
Páginas: 0
|
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 13 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 124 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Arturo Naula Mejía, contra la empresa “Alisnava Construcciones, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente auto de insolvencia de fecha 11 de noviembre de 2009: Diligencia.—En Madrid, a 11 de noviembre de 2009. La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en fecha 10 de noviembre de 2009 ha tenido entrada en este Juzgado testimonio del auto de insolvencia dictado en autos de demanda número 273 de 2009, ejecución número 162 de 2009, que remite el Juzgado de lo social número 31 de Madrid.—Doy cuenta y fe. Auto En Madrid, a 11 de noviembre de 2009. Dada cuenta; por recibido el anterior testimonio del auto de insolvencia dictado en autos de demanda 273 de 2009, ejecución número 162 de 2009, que remite el Juzgado de lo social número 31 de Madrid, únase a los autos de su razón; y… Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Alisnava Construcciones, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 22.301,89 euros de principal, más la cantidad de 3.568,29 euros que provisionalmente se han calculado para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva. Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que frente a la misma cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles ante este Juzgado. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial. Así lo acuerda, manda y firma su señoría, de lo que doy fe. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Alisnava Construcciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 8 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/39.391/09) |

