Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
15-12-2009

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091215-0029

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C) Otras Disposiciones

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte
y Portavocía del Gobierno

4243 ORDEN 2007/2009, de 27 de noviembre, por la que se resuelve la convocatoria de una beca para cursar estudios de posgrado en el Colegio de Europa, de Brujas.

Por Orden 160/2009, de 2 de abril, del Vicepresidente y Portavoz del Gobierno, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de abril de 2009 y modificada por Orden 1817/2009, de 11 de noviembre, se convocó una beca para cursar estudios de posgrado en el Colegio de Europa, de Brujas.

Presentadas las solicitudes por los interesados, la Comisión de Evaluación prevista en el artículo 8 de la Orden 160/2009, de 2 de abril, se reunió el 15 de junio de 2009 para llevar a cabo el proceso de selección de candidatos. Finalizado el proceso, la Comisión de Valoración, una vez recibida la propuesta de adjudicación del Colegio de Europa, propone como candidato para la concesión de la beca a doña Elba Estrada Gutiérrez.

En virtud de lo anterior y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Conceder a doña Elba Estrada Gutiérrez la beca convocada por Orden 160/2009, de 2 de abril, del Vicepresidente y Portavoz del Gobierno, y modificada mediante Orden 1817/2009, de 11 de noviembre, para cursar estudios de posgrado en el Colegio de Europa, de Brujas (Bélgica), para el año 2009 y sus correspondientes prácticas para el año 2010.

Segundo

La cuantía de la beca concedida será de 23.500 euros, de los cuales 21.000 euros serán abonados a la cuenta del Colegio de Europa para los gastos de estancia, manutención y viajes y 2.500 euros serán abonados al adjudicatario para el pago de las prácticas previstas en la base segunda de la Orden de 6 de febrero de 2008 del Vicepresidente Segundo y Consejero de Justicia y Administraciones Públicas por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir las convocatorias de concesión de becas de la Comunidad de Madrid para cursar estudios de posgrado en el Colegio de Europa.

El adjudicatario deberá concertar una póliza de asistencia sani-
taria.

Tercero

La aceptación del disfrute de la beca se realizará en el plazo de diez días contados a partir del día siguiente al de su notificación y llevará consigo la aceptación de las bases de la convocatoria en los términos previstos en la Orden de convocatoria y sus correspondientes bases reguladoras (Orden de 6 de febrero de 2008, del Vicepresidente Segundo y Consejero de Justicia y Administraciones Pú-
blicas).

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación, conforme a lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 27 de noviembre de 2009.—El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, PD (Orden 1472/2009, de 24 de septiembre), el Director General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado, Antonio González Terol.

(03/41.049/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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