Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
15-12-2009

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091215-0143

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2 DE MÓSTOLES

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 354 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Xavier López Albán, contra la empresa “Sanz Sangay, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado con fecha 20 de noviembre de 2009, auto de rectificación, cuya parte dispositiva es la siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda: Que debía rectificar y rectificaba el apartado “A” de la parte dispositiva del auto de fecha 6 de noviembre de 2009, quedando el mismo como sigue:

“A)  Despachar la ejecución solicitada por don Francisco Xavier López Albán, contra “Sanz Sangay, Sociedad Limitada”, por un importe de 3.296,21 euros de principal, más 660 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente”, y manteniendo el resto de los pronunciamientos contenidos en dicha resolución.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). De conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, disposición adicional decimoquinta, es necesario la constitución de depósito por importe de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2851, que es exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso quedando firme la resolución impugnada.

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma, la ilustrísima señora magistrada-juez, doña Ana Victoria Jiménez Jiménez. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sanz Sangay, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 20 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/40.107/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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