Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
15-12-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091215-0088

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 14 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 255 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Miguel Fernández Miguel y doña María del Pilar González Díaz, contra las empresas “José Ortiz, Sociedad Anónima”, y “Estampa 1949, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de ejecución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Auto

En Madrid, a 8 de octubre de 2009.

Parte dispositiva:

a)  Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por don José Miguel Fernández Miguel, contra “José Ortiz, Sociedad Anónima”, y “Estampa 1949, Sociedad Limitada” por un importe de 70.119,84 euros de principal, más 14.023,96 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.

b)  Trabar embargo sobre los bienes de las demandadas, y desconociéndose bienes concretos procédase a averiguar de los mismos a través del Punto Neutro Judicial, y déjense a disposición de la actora en esta Secretaría.

c)  A tal fin líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.

Y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de los bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes y derechos de las deudoras de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a las ejecutadas por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a las ejecutadas hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con número 2512, sito en la calle Orense, número 19.

d)  Se acuerda el embargo y precinto de los vehículos propiedad de las apremiadas que a continuación se describen, con los datos de identificación conocidos:

Matrícula: B-847124.

Marca: “Citroën”.

Modelo: AKS furgoneta mixta.

Número de bastidor: E027-047239.

Matrícula: M-6542-AB.

Marca: “Citroën”.

Modelo: AKS furgoneta mixta.

Número de bastidor: E029-016482.

Líbrese y remítase directamente y de oficio mandamiento por duplicado al ilustre señor registrador de Bienes Muebles Provincial, Sección de Automóviles y Otros Vehículos de Motor, obrante en el mismo, para que practique el asiento que corresponda relativo al embargo trabado sobre los vehículos indicados, se expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad que conste de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes, advirtiéndose que deberá comunicar a este Juzgado la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado (artículo 253 de la Ley de Procedimiento Laboral), y debiéndose devolver un ejemplar debidamente cumplimentado.

Remítase, asimismo, el mandamiento por fax al Registro de Bienes Muebles a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

Ofíciese a la Unidad Administrativa correspondiente para la efectividad del precinto y conveniente depósito.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Propuesta de auto de la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 22 de octubre de 2009.

Parte dispositiva:

Acumular a la presente ejecución la que se sigue en los autos número 184 de 2009, ejecución número 265 de 2009, a favor de doña María del Pilar González Díaz, frente a las comunes deudoras “José Ortiz, Sociedad Anónima”, y “Estampa 1949, Sociedad Limitada”. Siendo el capital acumulado por principal de 98.570,94 euros, más 19.714,18 euros de intereses y costas calculados provisionalmente.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “José Ortiz, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/40.099/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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