Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
15-12-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091215-0203

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 22 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana María Olalla del Olmo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 22 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 277 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Daniel Peña Colilla, contra la empresa “Excavaciones Dexyca, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Daniel Peña Colilla, contra “Excavaciones Dexyca, Sociedad Limitada”, en materia de despido, debo declarar y declaro improcedente el despido que le ha sido efectuado al trabajador, condenando a la empresa demandada a que opte en el plazo de cinco días por su readmisión en igualdad de condiciones a las que venía disfrutando con anterioridad a ser despedido o le abone una indemnización fijada en 8.775 euros, así como al abono de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido (6 de marzo de 2009) hasta la notificación de la presente sentencia a la empresa demandada a razón de 49,80 euros/día, sin perjuicio de los descuentos que procedan conforme al artículo 56.1.b) del Estatuto de los Trabajadores o en supuestos de suspensión de la relación laboral al amparo del artículo 45 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2387/0000/65/0000/0277/09, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2387/0000/65/0000/0277/09, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Excavaciones Dexyca, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.385/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091215-0203