Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
14-12-2009

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091214-0270

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C) Otras Disposiciones

Consejería de Sanidad

4199 Orden 862/2009, de 3 de diciembre, por la que se concede la Placa de Plata al Servicio de Cirugía Cardíaca del Hospital Clínico de Madrid.

Mediante Decreto 106/2004, de 1 de julio, del Consejo de Gobierno, se crearon diversas distinciones honoríficas en la Sanidad Madrileña, entre ellas, la Placa de Plata que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la precitada norma, se instituye como recompensa por los servicios prestados a la Administración Sanitaria de la Comunidad de Madrid, así como en reconocimiento de cualquier otra labor, a favor de la sanidad pública, desarrollada por entidades públicas o privadas.

La concesión de la Placa de Plata corresponde, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la Orden 1286/2006, de 22 de junio, por la que se desarrolla aquel Decreto, al Consejero de Sanidad, a propuesta del titular de la Secretaría General Técnica de dicha Consejería, una vez oídas las diferentes Direcciones Generales de la misma, que habrán de presentar los candidatos y los méritos que se les reconocen.

De conformidad con lo señalado, la Secretaria General Técnica de la Consejería de Sanidad ha elevado propuesta para la concesión de la Placa de Plata al Servicio de Cirugía Cardíaca del Hospital Clínico de Madrid, por el desarrollo de una técnica de intervención de corazón menos invasiva.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Secretaria General Técnica, el Consejero de Sanidad

DISPONE

Primero

Conceder la Placa de Plata al Servicio de Cirugía Cardíaca del Hospital Clínico de Madrid, por el desarrollo de una técnica de intervención de corazón menos invasiva.

Segundo

Publicar la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dada en Madrid, a 3 de diciembre de 2009.

El Consejero de Sanidad,
 JUAN JOSÉ GÜEMES BARRIOS

(03/41.696/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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