Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
14-12-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091214-0153

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 6 DE MÁLAGA

EDICTO

Doña María del Carmen Ortega Ugena, secretaria del Juzgado de lo social número 6 de Málaga.

Doy fe y testimonio: Que en este Juzgado se sigue ejecución número 234 de 2009, dimanante de autos número 760 de 2008, en materia de ejecución de títulos judiciales, a instancias de doña Esther García Calvente y don Germán Rojas González, contra “Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limitada”, habiéndose dictado auto de fecha 11 de noviembre de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Declarar a la ejecutada “Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia, con carácter provisional, por importe de 26.028,77 euros de principal, más 4.893,06 euros presupuestados para intereses legales y costas del procedimiento.

Archivar las actuaciones, previa anotación en los libros de registros correspondientes de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienes de la ejecutada sobre los que trabar embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña Cristina Pascual Arrabal, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 6 de Málaga. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez sustituta de lo social (firmado).

Y para que sirva de notificación en forma a “Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamiento, y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

Dado en Málaga, a 11 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/40.040/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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