Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-12-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091212-0347

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 37 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.361 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Farid Lahrach, contra la empresa “Pizarras y Solados, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 296 de 2009

En Madrid, a 22 de septiembre de 2009.—Don Marcos Ramos Valles, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 37 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Farid Lahrach, que comparece, y de otra, como demandada, “Pizarras y Solados, Sociedad Limitada”, que no comparece, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Farid Lahrach, frente a “Pizarras y Solados, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada a abonar al actor la suma de 137,81 euros, incrementada con el interés moratorio del 10 por 100 anual.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Pizarras y Solados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 3 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.851/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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