Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
09-12-2009

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091209-0055

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Organismo Autónomo Madrid Salud

Subdirección General de Servicios Administrativos

Unidad Técnica de Procedimiento y Asuntos Generales

NOTIFICACIÓN DE ACUERDOS DE INICIO 
DE EXPEDIENTES SANCIONADORES EN MATERIA 
DE SALUD PÚBLICA E HIGIENE

Según lo previsto en el artículo 59.5, en concordancia con el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el gerente de Madrid Salud ha resuelto notificar mediante la inserción de anuncio el acuerdo de inicio de expediente sancionador por infracción en materia de salud pública e higiene que se relaciona.

Los interesados disponen de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguientes de la publicación de este anuncio, para formular alegaciones, presentar documentos y proponer la práctica de las pruebas que consideren convenientes. Los mismos se presentarán conforme a lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y deberán dirigirse a Madrid Salud, Subdirección General de Servicios Administrativos, sito en calle Juan Esplandiú, número 11 y 13, donde asimismo podrán solicitar vista del expediente.

Interesada: “Claramar de Pescados, Sociedad Limitada”.

Expediente: 207/2009/3060.

Fecha de infracción: 9 de julio de 2009.

Normativa infringida: artículo 144.2 de la Ley 12/2001.

Sanción prevista: 2.600 euros.

En Madrid, a 13 de noviembre de 2009.—El subdirector general de Servicios Administrativos, Rafael Ruiz Badiola.

(02/13.218/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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