Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091202-0130
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 20 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María Teresa Nicolás Serrano, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 605 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Beatriz Francos Díez, contra la empresa “Button Zipp, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia número 335 de 2009 En Madrid, a 8 de julio de 2009.—Doña Teresa Orellana Carrasco, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 20 de Madrid y su provincia, tras haber visto los presentes autos sobre despido, seguidos a instancias de doña Beatriz Francos Díez, contra la entidad “Button Zipp, Sociedad Limitada”, en nombre de Su Majestad el Rey ha pronunciado la siguiente sentencia: Fallo Que estimando parcialmente la demanda deducida por doña Beatriz Francos Díez, contra la entidad “Button Zipp, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de la parte actora, extinguida la relación laboral y condenando a la empresa a estar y pasar por esta declaración y al pago de una indemnización de 120 euros, que se encuentran consignados, y sin haber lugar a abono de salarios de tramitación. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolas saber que la misma no es firme, y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del plazo indicado. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este Juzgado. Asimismo deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Button Zipp, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 2 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/38.408/09) |