Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091202-0124
Páginas: 0
|
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 98 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Hernán David Villegas Carvajal, contra la empresa “Hierros Ecua, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 5 de noviembre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: a) Despachar la ejecución solicitada por don Hernán David Villegas Carvajal, contra “Hierros Ecua, Sociedad Limitada”, por un principal de 23.404 euros, más 1.404,24 euros de intereses provisionales y 2.340,40 euros de costas provisionales. b) Acumular la presente ejecución a la número 110 de 2009 seguida en este mismo Juzgado a instancias de don Daniel Tomás, contra la misma ejecutada, ascendiendo el principal de todas las ejecuciones acumuladas a un total de 30.942,25 euros de principal, más 1.856,53 euros de intereses provisionales y 3.094,22 euros de costas provisionales. c) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que le consten. d) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos procédase a la averiguación de los mismos, y a tal fin expídase los correspondientes oficios y mandamientos. Y resultando de las diligencias de averiguación practicadas en el procedimiento de ejecución número 110 de 2008 al que se acumula que no existen titularidades vigentes a favor de la ejecutada en todo el territorio nacional, que no existen devoluciones pendientes en la Agencia Tributaria y que no existen saldos disponibles en las cuentas corrientes abiertas en “Caja Madrid” y “Banco de Santander”, sin que consten las contestaciones de los oficios librados a “Banco Pastor” y “Banco Español de Crédito”, líbrese nuevo oficio a estas entidades actualizando las cantidades por las que se sigue la presente ejecución. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por este auto lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Hierros Ecua, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 5 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/38.565/09) |

