Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
27-11-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091127-0314

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

SEVILLA LA NUEVA

URBANISMO

Por resolución de Alcaldía de 4 de marzo de 2009 se ha aprobado definitivamente el proyecto de estatutos y bases que habrán de regir el funcionamiento de la entidad urbanística de colaboración denominada Junta de Compensación del SAU-5 de Sevilla la Nueva, lo que se publica a los efectos oportunos:

Iniciado, a instancias de los propietarios interesados, el procedimiento administrativo de constitución de una entidad urbanística denominada Junta de Compensación del SAU-5 de Sevilla la Nueva, ha sido elaborado y presentado el correspondiente proyecto de estatutos que ha de regir la organización y funcionamiento de la entidad que se proyecta constituir.

Aprobado inicialmente el procedimiento de constitución mediante acuerdo de fecha 13 de septiembre de 2005, y sometido a información pública junto con el proyecto de estatutos presentado.

Aprobado definitivamente por la Comisión de Urbanismo de Madrid con fecha 29 de abril de 2008.

Una vez emitido informe por la asesoría jurídica de este Ayuntamiento, y de conformidad con el artículo 162.3 del Reglamento de Gestión Urbanística, resuelvo:

Primero.—Desestimar las alegaciones formuladas durante el período de información pública por los motivos expresados en el informe de la asesoría jurídica del Ayuntamiento.

Segundo.—Aprobar definitivamente los estatutos y bases de la entidad urbanística denominada Junta de Compensación del SAU-5 de Sevilla la Nueva, en los términos expresados en la aprobación inicial.

Tercero.—Designar al señor alcalde de este Ayuntamiento, don Mario de Utrilla Palombi, como representante municipal de la citada entidad.

Cuarto.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expresado, si hubiera, las modificaciones introducidas en los estatutos y notificar individualmente a los propietarios afectados y a quienes hubieren comparecido en el expediente.

Quinto.—Requerir a los propietarios interesados para que constituyan la entidad urbanística de conservación mediante escritura pública en la que se designen los cargos de la misma, copia, en duplicado ejemplar, de la cual deberá remitirse al Ayuntamiento para su aprobación, si procede, y su posterior remisión al Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras obrante en la Consejería competente en materia de ordenación urbanística, para su inscripción conforme a lo dispuesto en el artículo 137.2 de la Ley 9/2001 de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante este Ayuntamiento de Sevilla la Nueva, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, con sede en Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

En Sevilla la Nueva, a 24 de marzo de 2009.—El alcalde, Mario de Utrilla Palombi.

(02/13.002/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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