Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
27-11-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091127-0114

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 29 DE MADRID

EDICTO

Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretaria del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado a instancias de doña Esther Serrano González, contra “Reforsa, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, registrado con el número 848 de 2009, con fecha 29 de octubre de 2009 se ha dictado la sentencia número 415 de 2009, cuyo fallo es del tenor siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda promovida por doña Esther Serrano González, frente a “Reforsa, Sociedad Limitada”, siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, declaro la nulidad del despido de fecha 30 de abril de 2009, declaro extinguida la relación laboral habida entre las partes y condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 12.712,07 euros en concepto de indemnización y de 40,84 euros en concepto de salarios de tramitación devengados hasta esta fecha. La demandante estuvo en incapacidad temporal desde el 13 de enero de 2009 hasta el 11 de septiembre de 2009, por lo que durante dicho período no se devengan salarios de tramitación.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2802/848/09, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2802/848/09, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación “Reforsa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente.

Madrid, a 29 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.043/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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