Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091126-0009
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C) Otras Disposiciones Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
El artículo 3.a) del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal, establece que las Entidades Locales cuyo volumen de servicios o recursos sea insuficiente podrán sostener en común y mediante Agrupación el puesto de Secretaría, al que corresponderá la responsabilidad administrativa de las funciones propias del mismo en todas las Entidades Agrupadas. Además, el artículo 3.b) del Real Decreto 1732/1994 señala que corresponde a las Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus normas propias, acordar la constitución y disolución de las Agrupaciones de Entidades Locales a que se refiere el número anterior, dentro de su ámbito territorial. El procedimiento podrá iniciarse mediante acuerdo de las Corporaciones Locales interesadas o de oficio por la Comunidad Autónoma, dando audiencia en este caso a las Entidades afectadas y requiriéndose en ambos informe previo de la Diputación, Cabildo, Consejo Insular o ente supramunicipal correspondiente. Se ha instruido expediente para la disolución de la agrupación de municipios para el sostenimiento en común del puesto de trabajo de Secretaría-Intervención, formada por los Ayuntamientos de Gascones, La Serna del Monte y Villavieja del Lozoya, y para la constitución de una nueva, formada por los Ayuntamientos de La Serna del Monte y Gascones. Constan en dicho expediente las solicitudes presentadas por los tres Ayuntamientos implicados, su fundamentación y los informes favorables emitidos por la Secretaría-Intervención. A la vista del expediente tramitado, del informe-propuesta emitido por la Dirección General de Cooperación con la Administración Local, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.1.b) del Decreto 25/2008, de 10 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia e Interior; del artículo 3 del Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y del artículo 2 del Decreto 102/2008, de 17 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid, DISPONGO Primero Aprobar la disolución de la Agrupación constituida por los Ayuntamientos de Gascones, La Serna del Monte y Villavieja del Lozoya, para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención, perteneciente a la Subescala de Secretaría-Intervención, clase tercera. Segundo Aprobar la constitución de la Agrupación para el sostenimiento en común del puesto de trabajo de Secretaría-Intervención, formada por los Ayuntamientos de La Serna del Monte y Gascones, así como los estatutos por los que habrá de regirse. Tercero Confirmar que, tras la disolución, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional segunda del Real Decreto 1732/1994 y en los Estatutos de la Agrupación, la titularidad del puesto resultante de Secretaría-Intervención de la nueva Agrupación formada por los Ayuntamientos de La Serna del Monte y Gascones corresponderá a doña Encarnación Sanz García, funcionaria con habilitación de carácter estatal, actual titular con carácter definitivo del puesto desagrupado. El puesto de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Villavieja del Lozoya quedará en situación de vacante. Cuarto Notificar esta Orden a los Ayuntamientos mencionados y a los interesados en el expediente, publicar la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y comunicar la misma al Ministerio de Política Territorial. Quinto Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse requerimiento previo a la vía contencioso-administrativa en el plazo de dos meses en caso de que se trate de una Entidad Local, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses. Madrid, a 30 de octubre de 2009. El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, FRANCISCO GRANADOS LERENA (03/38.317/09) |

