Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-11-2009

Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091126-0005

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Consejería de Presidencia, Justicia e Interior

3939 Resolución de 4 de noviembre de 2009, del Director General de Cooperación con la Administración Local sobre la creación y clasificación de los puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal del Ayuntamiento de Villalvilla del Lozoya y de la Agrupación formada por los Ayuntamientos de la Serna del Monte y Gascones.

Visto el expediente tramitado en esta Dirección General para la disolución de la Agrupación de Municipios para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría-Intervención formada por los Ayuntamientos de Villavieja del Lozoya, La Serna del Monte y Gascones y la creación de una nueva formada por los Ayuntamientos de La Serna del Monte y Gascones.

Vista la Orden de 30 de octubre de 2009 de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se acuerda la disolución y constitución de las citadas agrupaciones.

Visto el informe-propuesta del Área de Administración y Régimen Jurídico Local de 19 de octubre de 2009.

Considerando que esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 25/2008, de 10 de abril; Decreto 77/2008, de 3 de julio, y con el Decreto 102/2008, de 17 de julio,

HE RESUELTO

Primero

Crear y clasificar el puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Villavieja del Lozoya, como puesto reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, pertenecientes a la Subescala Secretaría-Intervención, categoría Única.

Segundo

Crear y clasificar el puesto de trabajo de Secretaría de la Agrupación formada por los Ayuntamientos de La Serna del Monte y Gascones, como puesto reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, pertenecientes a la Subescala Secretaría-Intervención, categoría Única.

Tercero

Notificar a los Ayuntamientos interesados esta Resolución.

Cuarto

Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Quinto

Comunicar la presente Resolución al Ministerio de Política Territorial, a los efectos establecidos en el artículo 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio.

Sexto

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el ilustrísimo señor Viceconsejero de Presidencia e Interior o ante el Director General de Cooperación con la Administración Local en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 4 de noviembre de 2009.—El Director General de Cooperación con la Administración Local, Jaime González Taboada.

(03/38.318/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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