Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091126-0385
Páginas: 0
|
B) Autoridades y Personal Consejería de Educación
Publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 224, el lunes 21 de septiembre de 2009, la Orden 4185/2009, de 7 de septiembre, de la Consejería de Educación, por la que se aprueban las bases de la convocatoria para proveer, en régimen de turno restringido, dos puestos funcionales clasificados como de selección objetiva, en aplicación de la base sexta, apartado 3, RESUELVO Primero Hacer pública la relación provisional de admitidos y excluidos de los siguientes puestos que fueron convocados por la mencionada Orden: Segundo Conceder un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de esta Resolución, para que los interesados, si la causa de exclusión así lo permite, puedan subsanar el defecto que haya motivado su exclusión. Transcurrido dicho plazo de diez días, se procederá a la publicación de la relación definitiva de aspirantes admitidos. Tercero Designar a las personas que componen el Tribunal de Selección, titular y suplente, relacionados a continuación: Tribunal titular Presidente: Don Fernando Izard Rodríguez. Secretaria: Doña Carmen Pérez Carrasco. Vocales: Doña Adela Moyano Conde, doña Aránzazu Moya Gutiérrez, don José María Rodríguez Jiménez, doña María de las Viñas Jimeno Gómez, don Francisco José Álvarez Morga, doña Pilar García Pineda y don Adolfo Blond Arredondo. Tribunal suplente Presidente: Don Francisco Sánchez García. Secretaria: Doña Lucía Maudes Recio. Vocales: Doña Rosa Masipe Blanco, doña Concepción Narganes Santos, don José María Serrano Adanero, don Julián Paz Hidalgo, doña Cristina Arpe Muñoz y doña Carmen Sierra Molina. Dado en Madrid, a 10 de noviembre de 2009.—El Secretario General Técnico, Manuel Pérez Gómez. ANEXO CLAVE IDENTIFICATIVA DE EXCLUSIÓN PROVISIONAL A) No estar vinculado con relación jurídico-laboral de carácter indefinido, y afecto al Convenio Colectivo para el personal laboral. B) No cumplir o no acreditar los requisitos mínimos de titulación. C) No cumplir o no acreditar los requisitos mínimos de experiencia. D) No presentar modelo de Anexo III debidamente cumplimentado. E) No presentar currículum vítae. F) No presentar copia compulsada de los documentos que acrediten la posesión de los requisitos mínimos exigidos. (03/37.712/09) |

