Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-11-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091126-0149

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 3
DE POZUELO DE ALARCÓN

EDICTO

Don Alejandro Valor Pardo, secretario del Juzgado de instrucción número 3 de Pozuelo de Alarcón.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 532 de 2007 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Don Gonzalo Laguna Pontanilla, magistrado-juez sustituto del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Pozuelo de Alarcón y su partido, habiendo visto y oído en el juicio oral y público los presentes autos de juicio de faltas número 532 de 2007, seguidos por falta de amenazas, con la intervención del ministerio fiscal, en los que han intervenido en calidad de denunciante, don Julio de la Fuente García, asistido de la letrada doña Ruth María Taboada, y como denunciado, don Yony Daniel Vivero Alvares, asistido del letrado don Jaime Sergio Martínez, dicta la siguiente sentencia, todo ello con atención al siguiente

Fallo

Que debo absolver y absuelvo a don Yony Daniel Vivero Alvares de los hechos que se le imputan, declarando de oficio las costas procesales.

Notifíquese esta sentencia, haciendo saber que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 976, en relación con los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, contra la misma cabe interponer recurso de apelación, ante este mismo Juzgado, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días siguientes a su notificación.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Yony Daniel Vivero Alvares, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Pozuelo de Alarcón, a 5 de octubre de 2009.—El secretario (firmado).

(03/38.118/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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