Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-11-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091126-0134

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 4
DE NAVALCARNERO

EDICTO

Don Juan José Herrero Salas, secretario judicial del Juzgado de primera instancia número 4 de Navalcarnero.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento expediente de dominio, reanudación del tracto número 431 de 2007, a instancias de Congregación de las Hermanitas de Ancianos Desamparados y Congregación de las Hermanitas de los Pobres, expediente de dominio para la reanudación del tracto sucesivo de la siguiente finca:

Inmueble en San Martín de Valdeiglesias (Madrid): Urbana.—En San Martín de Valdeiglesias, edificio número 8, número 2, partida Costa Madrid-Virgen Nueva. Vivienda apartamento letra 21 en planta tercera. Superficie útil 25 metros cuadrados. La parcela de terreno en la que se encuentra el edificio se halla afecta al Plan de Ordenación Urbana que consta en la inscripción primera de la misma. Linda: frente, terrenos de la misma finca; derecha, apartamento del mismo portal; izquierda, terrenos de la misma finca, y fondo, meseta de la escalera.

Se halla inscrita en el Registro de la Propiedad de San Martín de Valdeiglesias, a nombre de la sociedad “Pronto, Sociedad Anónima”, al tomo 303, libro 97, folio 237, finca número 10.505. Referencia catastral número 3025014UK8732N0021KP.

Por el presente, y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha, se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En Navalcarnero, a 5 de noviembre de 2009.—El secretario (firmado).

(02/13.012/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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