Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091125-0025
Páginas: 0
|
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS ALCOBENDAS ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO El Pleno Municipal, en su sesión ordinaria celebrada el 27 de octubre de 2009, ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo: La Junta de Gobierno Local ha aprobado el Proyecto de Modificación número 2 de la ordenanza de edificación, construcciones e instalaciones, elaborado por los servicios técnicos municipales para completar la regulación actual con precisiones de carácter técnico que permitan resolver los problemas planteados en la aplicación de la ordenanza, así como adaptar su texto a la normativa vigente en materia de edificación y a las determinaciones del nuevo Plan General del municipio. Visto el texto del proyecto aprobado por la Junta de Gobierno Local, así como los informes técnicos jurídicos que obran el expediente, y en ejercicio de la competencia prevista en el artículo 123.1.d) de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, este Pleno Municipal acuerda: Primero.—Aprobar inicialmente la Modificación número 2 de la ordenanza de edificación, construcciones e instalaciones, elaborado por los servicios técnicos municipales para completar la regulación actual con precisiones de carácter técnico que permitan resolver los problemas planteados en la aplicación de la ordenanza, así como adaptar el texto a la normativa vigente en materia de edificación y a las determinaciones del nuevo Plan General del municipio y cuyo texto se acompaña al presente acuerdo. Segundo.—Someter el expediente a información pública durante un plazo de treinta días para la formulación, en su caso, de reclamaciones y sugerencias mediante anuncios a insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de los de mayor circulación de la provincia, así como mediante la publicación por medios telemáticos a la que se refiere el artículo 70 ter de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local. Tercero.—Suspender cautelarmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 72.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y dentro de las áreas afectadas por las Servidumbres Aeronáuticas reflejadas en el plano 2.2 “Servidumbres Aeronáuticas” del Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas, el otorgamiento de licencias para la instalación de grúas auxiliares de la construcción que sobrepasen las limitaciones de altura impuestas por las Servidumbres Aeronáuticas, hasta tanto se apruebe definitivamente la presente ordenanza. Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente en las mañanas de los días hábiles, durante el plazo de treinta días desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Departamento de Urbanismo (segunda planta), como, asimismo, formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General de la Corporación, cuantas alegaciones estimen pertinentes a sus derechos. Alcobendas, a 29 de octubre de 2009.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinusa Gardoqui. (03/37.379/09) |

