Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091125-0334
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C) Otras Disposiciones Consejería de Familia y Asuntos Sociales
Con el objetivo de obtener una visión única y resumida de los Servicios Sociales que la Consejería de Familia y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid presta a un ciudadano, se hace necesario proceder a la creación del fichero ASSODE, como herramienta de apoyo a la gestión de Servicios Sociales y Dependencia, en la que periódicamente se vuelque toda la información relativa a todas aquellas ayudas, servicios y/o prestaciones percibidas y/o solicitadas por un ciudadano en el marco de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid. La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 4.1 que la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal incluido en el ámbito de aplicación de la presente Ley se realizará mediante disposición de carácter general que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, mediante Orden del Consejero respectivo. La creación de este fichero se ajusta a los términos y condiciones fijados, tanto en la Ley 8/2001, de 13 de julio citada, como en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos. Esta Orden ha sido sometida al preceptivo informe de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid. En su virtud, haciendo uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente: DISPONGO Artículo primero Crear el fichero automatizado de datos de carácter personal previstos en el Anexo de la presente Orden, en los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid. Artículo segundo En relación con las medidas de seguridad para la protección de los datos personales contenidos en el fichero que se crea, se dará cumplimiento, en los términos que se establecen en el Anexo a esta Orden, a lo previsto en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. DISPOSICIÓN FINAL La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 19 de octubre de 2009. La Consejera de Familia y Asuntos Sociales, ENGRACIA HIDALGO TENA ANEXO I CREACIÓN DE FICHEROS Fichero: ASSODE. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejería de Familia y Asuntos Sociales, Dirección General de Coordinacion de la Dependencia. Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero: Consejería de Familia y Asuntos Sociales, Dirección General de Coordinacion de la Dependencia. Nombre y descripción del fichero: ASSODE, APOYO A LA GESTIÓN DE SERVICIOS SOCIALES Y DEPENDENCIA. Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Informatizado. Medidas de seguridad: Medidas de nivel alto. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero: — Otros datos especialmente protegidos: Salud. — Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, número de Seguridad Social/mutualidad, nombre y apellidos, dirección, teléfono. — Otros datos de carácter identificativo: Número expediente. — Otros tipos de datos: Datos económicos, financieros y de seguros, datos de circunstancias sociales, sexo, grado y nivel de discapacidad y dependencia. Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: HERRAMIENTA DE APOYO A LA GESTIÓN DE SERVICIOS SOCIALES Y DEPENDENCIA QUE UNIFICA LAS AYUDAS, SERVICIOS Y/O PRESTACIONES PERCIBIDAS Y/O SOLICITADAS POR LOS CIUDADANOS EN EL MARCO DE LA C. DE FAMILIA Y ASUNTOS SOCIALES. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: REPRESENTANTES LEGALES, SOLICITANTES. Otros colectivos: CUIDADORES, INTERESADOS Y OTRAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS. Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: El propio interesado o su representante legal, otras personas físicas y Administraciones Públicas. Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: Direcciones Generales de la Consejería y sus organismos adscritos y/o dependientes. (03/36.328/09) |

