Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091124-0028
Páginas: 0
|
D) Anuncios Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio
Intentada sin efecto la notificación individual de la Resolución indicada en la forma prevista en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a los interesados que se relacionan en el Anexo, procede su publicación, a los efectos previstos en el artículo 59.5 del mismo texto legal. “Resolución de 17 de agosto de 2009, de la Dirección General del Medio Ambiente, por la que se aprueba el amojonamiento de las vías pecuarias del término municipal de Orusco (Madrid). La clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Orusco fue aprobada mediante Orden Ministerial de fecha de 20 de diciembre de 1972, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 18, de 20 de enero de 1973. El deslinde de las vías pecuarias del mismo término municipal fue aprobado mediante Resolución de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de 21 de noviembre de 2005, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 305, de 23 de diciembre de 2005. El artículo 16 de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, establece que “el amojonamiento es el procedimiento administrativo en virtud del cual, una vez aprobado el deslinde, se determinan los límites de la vía pecuaria y se señalizan con carácter permanente sobre el terreno”. De este modo, mediante Acuerdo de 21 de octubre de 2008, de la Dirección General del Medio Ambiente, se inicia el procedimiento de amojonamiento de las vías pecuarias del término municipal de Orusco (Madrid), fijándose como lugar, fecha y hora de realización de las operaciones materiales de recorrido, reconocimiento y estudio sobre el terreno el día 12 de diciembre de 2008, a las diez horas, en la plaza de la Constitución, número 1, junto al Ayuntamiento de esta localidad. Con fecha de registro de salida de 18 de noviembre de 2008, se notifica dicho Acuerdo a los interesados en el procedimiento y se procede a la publicación de este Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 275, de 18 de noviembre de 2008. Tras la realización de dichas operaciones materiales y el levantamiento y firma de la correspondiente Acta en la misma fecha, se redacta el oportuno proyecto de amojonamiento en febrero de 2009. Instruido el procedimiento de amojonamiento de las vías pecuarias del término municipal de Orusco, con fecha de registro de salida de 22 de abril de 2009, se da cumplimiento al trámite de audiencia de conformidad con lo previsto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en el artículo 16 de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, notificándose dicha circunstancia a cuantos figuran como interesados en el procedimiento de amojonamiento y otorgándoles un plazo de quince días para presentar las alegaciones que estimaran oportunas. Del mismo modo, el procedimiento de amojonamiento es sometido al trámite de información pública, mediante Acuerdo de 30 de marzo de 2009, de la Dirección General del Medio Ambiente, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 118, de 20 de mayo de 2009. En consecuencia, de acuerdo con lo expuesto anteriormente, habiéndose cumplido los trámites legalmente previstos en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, y en base a las competencias atribuidas por el Decreto 26/2009, de 26 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, esta Dirección General del Medio Ambiente RESUELVE Aprobar el amojonamiento de la vías pecuarias del término municipal de Orusco (Madrid). Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno. Madrid, a 30 de septiembre de 2009.—El Director General del Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas. ANEXO I (03/36.538/09) |

