Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091124-0210
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS SEVILLA LA NUEVA URBANISMO En sesión de Pleno celebrada con fecha 24 de septiembre de 2009 se adoptó, por mayoría absoluta de su número legal de miembros el siguiente acuerdo: Visto que con fecha 5 de diciembre de 2007 se suscribió convenio urbanístico, aprobado definitivamente por el Pleno de la Corporación con fecha 31 de octubre de 2007, para la ejecución del planeamiento correspondiente a la adjudicación de la iniciativa del desarrollo urbanístico del SAU-6. Visto que con fecha 31 de marzo de 2009 por la Agrupación de Interés Económico “Iniciativa Urbanística del SAU-6”, adjudicatarios de la iniciativa, se solicitó la modificación del convenio urbanístico inicialmente suscrito, al objeto de adaptarse a las nuevas condiciones del mercado inmobiliario, así como a las necesidades de desarrollo del sector en lo que se refiere a la urbanización de la zona afectada por el colegio concertado que se ha desarrollado en el sector. Visto que se ha sometido el expediente a información pública durante el plazo de un mes mediante anuncio en el tablón de edictos y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 138, de fecha 12 de junio de 2009, y diario “Marca” de 15 de julio de 2009, sin que se haya producido alegación alguna. Examinados los informes emitidos con fecha 16 de abril de 2009 por el asesor jurídico municipal, y con fecha 6 de julio de 2009 por los servicios técnicos municipales y conforme a lo dispuesto en el artículo 247 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se acuerda: Primero.—Aprobar y ratificar el texto definitivo de la modificación de convenio urbanístico para la ejecución del planeamiento correspondiente a la adjudicación de la iniciativa del desarrollo urbanístico del SAU-6, consistente en transformar el 70 por 100 de la cesión prevista en sustitución económica del 10 por 100 de aprovechamiento, en cesión en suelo, así como la modificación del programa temporal para el desarrollo del sector. Segundo.—Notificar a las partes del convenio urbanístico a los efectos de que se firme el mismo en un plazo de quince días. Tercero.—Una vez suscrito el convenio urbanístico será publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Lo que le comunico para su conocimiento y efectos, participándole que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento de Sevilla la Nueva, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo con sede en Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. En Sevilla la Nueva, a 30 de septiembre de 2009.—El alcalde, Mario de Utrilla Palombi. (02/12.103/09) |

