Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
24-11-2009

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091124-0115

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

PERSONAL

Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad

EDICTO

Edicto de la Coordinación General de Seguridad y Emergencias del Área de Gobierno y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid por el que se notifica la resolución del expediente disciplinario número 41530/07 al funcionario del Cuerpo de Policía Municipal don Mario Andrés Ricote.

Don Pablo Escudero Pérez, director general de Seguridad, hago saber: no habiéndose podido practicar la notificación al interesado por desconocer su paradero y resultar infructuoso el intento en su último domicilio conocido, por este edicto se le notifica que el coordinador general de Seguridad y Emergencias ha dictado resolución con fecha 19 de octubre de 2009, en cuya parte dispositiva acuerda imponer al funcionario de Policía Municipal don Mario Andrés Ricote, con documento nacional de identidad número 51.974.441, la sanción de “pérdida de cinco años de renumeración y suspensión de funciones por igual período”, como autor y responsable de una falta muy grave consistente en “cualquier conducta constitutiva de delito doloso” prevista en el artículo 240, apartado b), del Reglamento para el Cuerpo de Policía Municipal de Madrid, de 31 de marzo de 1995 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de mayo de 1995), en relación con el artículo 45.9 de la Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, y por los hechos que constan en dicha resolución.

Dicha resolución pone fin a la vía administrativa de conformidad con el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y contra la misma podrá interponer cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

a) Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que adopta la resolución, en el término de un mes contado a partir del día siguiente de su publicación a tenor de lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, conforme a la nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo, en este caso, interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses, según el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

b) O bien, podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandado o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la fecha de la publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, todo ello al amparo de lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1, segunda, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lo que se hace público para conocimiento y efectos del interesado, por haber resultado infructuosas las gestiones efectuadas para notificarle la citada resolución en la dirección señalada el efecto, así como por el rechazo de la misma. Todo ello de conformidad con los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, advirtiéndole para que comparezca por sí o por medio de representante, con el objeto de que pueda conocer el contenido íntegro de la resolución, la cual no se pública en su totalidad por apreciarse que puede lesionar derechos e intereses legítimos, tal y como establece el último de estos artículos.

Transcurridos diez días desde la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Madrid y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID sin personarse el interesado en la Unidad de Gestión Disciplinaria, sita en la calle Albarracín, número 31, segunda planta, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas, se le tendrá por notificado a todos los efectos en los términos señalados en dicho artículo 61.

Madrid, a 22 de octubre de 2009.—El director general de Seguridad, Pablo Escudero Pérez.

(02/12.294/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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