Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091123-0164
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 12 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 513 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rosalina Dolores Delegido Molina, contra la empresa “Tecnología y Servicios de Restauración, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia y auto de aclaración siguiente: Sentencia número 330 de 2009 En Madrid, 20 de julio de 2009.—Doña Francisca Arce Gómez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 12 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, doña Rosalina Dolores Delegido Molina, que comparece asistida de la letrada María Soraya Crespo González, y otra, como demandada, “Tecnología y Servicios de Restauración, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en forma, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia: Fallo Estimo la demanda de la actora, doña Rosalina Dolores Delegido Molina, y declaro improcedente el despido realizado por la empresa demandada, “Tecnología y Servicios de Restauración, Sociedad Limitada”, con efectos de 18 de febrero de 2009. En consecuencia, condeno a la demandada a estar y pasar por las anteriores declaraciones, debiendo optar en el plazo de cinco días, contados desde la notificación de esta sentencia, entre la readmisión de la trabajadora en las mismas condiciones anteriores al despido, o en otro caso, a la extinción del contrato con abono de la indemnización, que queda fijada en 6.865,88 euros. En ambos casos, la demandada abonará los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de esta sentencia, a razón de 1.076,92 euros diarios con inclusión de prorrata de pagas extras. Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo. Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la sucursal de “Banco Español de Crédito”, de la calle Orense, número 19, de Madrid, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena. Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera se designará de oficio. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Auto En Madrid, a 11 de septiembre de 2009. Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que a continuación se dice: En el tercer párrafo del fallo dice “… a razón de 1.076,92 euros diarios con inclusión de prorrata de pagas extras”, debe decir “…a razón de 1.076,92 euros mensuales con inclusión de prorrata de pagas extras”. Notifíquese esta resolución a las parte, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que en su caso se formule contra la sentencia. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tecnología y Servicios de Restauración, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 22 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/37.373/09) |