Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-11-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091120-0254

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ALGETE

RÉGIMEN ECONÓMICO

Consecuente al acuerdo del Pleno municipal, de fecha 30 de septiembre de 2009, por el cual se aprueba inicialmente el expediente de modificación de créditos número 10/2009, con la modalidad de crédito extraordinario y que fue publicada para presentación de alegaciones o reclamaciones, en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 183, de fecha 13 de octubre de 2009.

Pasado el período de exposición durante el plazo de quince días, no se han presentado alegación o reclamación alguna al contenido de dicha ordenanza municipal, considerándose definitivamente aprobado.

Por todo ello y al amparo del artículo 70.2 de la Ley de Bases, se viene a hacer público el texto íntegro de la modificación propuesta:

Primero.—Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos número 10/2009, con la modalidad de crédito extraordinario, financiado mediante anulaciones o bajas de créditos de otras partidas del presupuesto vigente no comprometidas, sin que se vea perturbado el respectivo servicio, de acuerdo con el siguiente resumen:

Segundo.—Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, por quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

En Algete, a 5 de noviembre de 2009.—El concejal-delegado de Economía, Hacienda y Administración General, Cesáreo de la Puebla de Mesa.

(03/36.505/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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