Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091117-0290
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 20 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María Teresa Nicolás Serrano, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.555 de 2008, ejecución número 78 de 2009, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Daniel Molano Pérez y don Miguel Almellones González, contra la empresa “Raysa Reformas e Instalaciones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado en fecha de 20 de octubre de 2009 el siguiente auto: Parte dispositiva: a) Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por don José Daniel Molano Pérez y don Miguel Almellones González, contra “Raysa Reformas e Instalaciones, Sociedad Limitada”, por un importe de 27.705,01 euros de principal (correspondiendo 10.699,19 euros a don José Daniel Molano Pérez, siendo 1.907,33 euros indemnización y 8.791,86 euros salarios de tramitación, y 17.005,82 euros a don Miguel Almellones González, siendo 3.545,78 euros indemnización y 13.460,04 euros salarios de tramitación), más 2.770,50 euros y 2.770,50 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente. b) Trabar embargo sobre los bienes de la demandada. c) A tal fin diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con número 2518/0000/00/1555/08, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnarla: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días, por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal). Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Raysa Reformas e Instalaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 20 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/36.866/09) |

