Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091117-0087
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 40 DE MADRID EDICTO Doña María del Rosario Martínez García, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 40 de los de Madrid. Hago saber: Que en este Juzgado de primera instancia número 40, sito en la calle Capitán Haya, número 66, quinta planta, se siguen los autos de juicio verbal número 1.017 de 2008, sobre otras materias, a instancias de las partes que se dirá. Dictándose sentencia en los referidos autos con el siguiente tenor: El ilustrísimo señor don Juan José Escalonilla Morales, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 40 de Madrid, habiendo visto el presente procedimiento de juicio verbal, tramitado en este órgano con el número de autos 1.017 de 2008, entre partes: de una, y como demandante, la mercantil “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora de los tribunales doña África Martín Rico y asistida por el letrado don José Luis Esteban Villar, y como demandada, la mercantil “Taberna Viña Oliva, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía. Fallo Que estimando pertinente la demanda interpuesta por “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, representada en juicio por la procuradora de los tribunales doña África Martín Rico, contra la mercantil “Taberna Viña Oliva, Sociedad Limitada”: a) Debo declarar y declaro resuelto el contrato de suministro de gas concertado entre las partes y formalizado en la póliza de abono número 1.889.190, para el local sito en la calle Santa Isabel, número 35, de Madrid. b) Debo condenar y condeno a dicha demandada a facilitar a la actora la entrada en dicho inmueble a los efectos de desmontar el contador de gas y clausurar la unidad receptora. c) Debo condenar y condeno a dicha demandada a pagar a la actora la cantidad de 1.598,77 euros, así como los intereses legales devengados por la misma desde la fecha de interposición de la demanda. d) Todo ello con expresa imposición a la demandada de las costas causadas en la presente instancia. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días a partir de su notificación. Y para que tenga efecto la notificación de la sentencia a la demandada en autos la mercantil “Taberna Viña Oliva, Sociedad Limitada”, y para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se expide la presente en Madrid, a 16 de octubre de 2009.—La secretaria (firmado). (02/12.509/09) |