Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
13-11-2009

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091113-0257

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AYUNTAMIENTOS

Tribunal Superior de Justicia
de Madrid

Tribunal Superior de Justicia de Cataluña

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

En el rollo de Sala número 4.359 de 2008 […], en materia de recurso de suplicación, formada a instancias de don Juan Antonio Pérez Buitrago, contra “Mutua Asepeyo”, Te­sorería General de la Seguridad Social, Ins­tituto Nacional de la Seguridad Social, “Baloise Pastor Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, y “Baloise España, Sociedad Anó­nima”, la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dictó la siguiente resolución:

En Barcelona, a 11 de junio de 2009.—Los ilustrísimos señores don José Quetcuti Miguel, don Andreu Enfedaque Marco y doña Matilde Aragó Gassiot.

Fallamos

Que desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por don Juan Antonio Pérez Buitrago, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 3 de los de Barcelona, de 25 de septiembre de 2007, recaída en autos número 443 de 2006, seguidos por incapacidad permanente derivada de accidente de trabajo, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Mutua Asepeyo”, “Matepss” número 151, Tesorería General de la Seguridad Social y “Baloise Pastor Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima”, y “Baloise España, Sociedad Anónima”.

Y, en consecuencia, confirmamos en todos sus puntos la sentencia dictada, que desestimaba la demanda.

Contra esta sentencia cabe interponer ­recurso de casación para la unificación de la doctrina, debiéndose preparar ante esta Sala en los diez días siguientes a su notificación, con los requisitos previstos en los números 2 y 3 del artículo 219 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, y expídase un testimonio que quedará unido al rollo. Incorpórese el original al libro de sentencias correspondiente.

Así lo pronunciamos, mandamos y fir­mamos.

Y a fin de que sirva notificación a “Baloise España, Sociedad Anónima”, que tuvo su último domicilio en la calle Pablo Ruiz Picasso, sin número, edificio “Torre”, de Madrid, expido este edicto, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

En Barcelona, a 9 de octubre de 2009.—La secretaria judicial de Sala (firmado).

(03/35.081/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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