Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
13-11-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091113-0160

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2 DE HUELVA

EDICTO

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Huelva.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 51 de 2009, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancias de don José Antonio Gómez Martín, contra Fondo de Garantía Salarial e “Ibertec Logística, Sociedad Anónima”, en la que con fecha 13 de octubre de 2009 se ha dictado auto que sustancialmente dice lo siguiente:

Parte dispositiva:

Declarar a la ejecutada “Ibertec Logística, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia, con carácter provisional, por importe de 14.313,98 euros de principal, más 2.800 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación, y que transcurrido dicho término, si no manifiestan alegación alguna, se procederá al archivo provisional de las actuaciones.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña Inmaculada Liñán Rojo, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 2 de Huelva.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a “Ibertec Logística, Sociedad Anónima”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el “Boletín Oficial de la Provincia de Huelva” y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencia o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.—El secretario judicial (firmado).

(03/35.745/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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