Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-11-2009

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091112-0061

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación

Subdirección General de Edificación

Departamento de Ordenación

ANUNCIO

El excelentísimo Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 25 de septiembre de 2009, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero.—Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública, con estimación parcial de las alegaciones presentadas, según lo indicado en el informe de 1 de julio de 2009 de la Subdirección General de la Edificación, el Plan Especial en el edificio sito en la calle Máiquez, número 64-Y, en el Distrito de Retiro, promovido por “Fellow Partner, Sociedad Limitada”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 de la misma Ley.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal.

Tercero.—Dar traslado a los interesados del presente acuerdo, advirtiéndoles de los recursos que procedan, en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.»

Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de que se ha procedido al depósito del presente Plan de Ordenación Urbanística en la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Significando que esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que se estime pertinente.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 39/1994, de 30 de diciembre, a continuación se publica el texto de las Ordenanzas del Plan Especial de referencia:

NORMAS DE PROTECCIÓN

El presente Plan Especial desarrolla e implanta en el patio de manzana sito en la calle Máiquez, número 64, de Madrid, los siguientes usos compatibles, en un edificio de nueva construcción con acceso a través de edificios colindantes mediante servidumbre de paso (a excepción del local adscrito), en aplicación de la norma zonal 1, grado 3.o, nivel B, que determinan las Ordenanzas Municipales del Plan General de Urbanismo de Madrid de 1997, y que le son de aplicación.

Los usos compatibles que se podrán implantar exclusivamente dentro de los locales ubicados en el ámbito del Plan Especial son:

a)  Terciario comercial.—En situación de planta baja. En categoría de mediano comercio. Teniendo en cuenta que el pequeño comercio podrá implantarse a efecto de compatibilidad de usos en cualquier situación en la que la categoría de uso de mediano comercio es compatible [artículo 7.6.1.2b) de las ordenanzas municipales].

b)  Terciario oficinas.—En todas sus categorías y tipos, definidas en el artículo 7.6.1.c) de las Ordenanzas Municipales, y en situación de planta baja.

c)  Terciario recreativo.—En su categoría ii) “Establecimientos para el consumo de bebidas y comidas” y tipo II, definidas en el artículo 7.6.1.d) de las Ordenanzas Municipales, y en situación de planta baja.

d)  Terciario otros servicios terciarios.—En todas sus categorías y tipos, definidas en el artículo 7.6.1.e) de las Ordenanzas Municipales, y en situación de planta baja.

e)  Dotacional.—En todas sus clases y en situación de planta baja.

f)  Garaje-aparcamiento.—En su clase de “Aparcamiento privado (p)”, definidas en el artículo 7.5.1 de las Ordenanzas Municipales, y en situación de plantas inferiores a la baja.

La implantación de usos compatibles queda reflejada gráficamente en los planos bajo rasante números P.01 - P.02 - P.03 - P.04 y sobre rasante plano número P.05.

Mediante el régimen de obras admitidas para la implantación de la nueva volumetría propuesta en el ámbito por el Plan Especial y de los usos compatibles que se implanten, no se podrá sobrepasar en ningún caso la superficie edificada de 1.414,03 metros cuadrados (actual de 1.641,44 metros cuadrados), ni el volumen construido sobre rasante de 7.082,81 metros cuadrados (volumen actual de nave 8.765,19 metros cuadrados).

Los usos compatibles de implantación que se ubiquen en planta baja podrán complementarse en plana inferior a la baja con desarrollo de sus zonas auxiliares del mismo uso que se implante, en cumplimiento del artículo 8.1.30 (grado 3.o, nivel B) de las Normas Urbanísticas (Plan General de Ordenación Urbana de Madrid 97).

Madrid, a 23 de octubre de 2009.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(02/12.340/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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