Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091110-0032
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C) Otras Disposiciones Consejería de Educación
Mediante Orden 5855/2008, de 18 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de enero de 2009), de la Consejería de Educación, se convoca una beca de formación en documentación educativa. Por Orden 2966/2009, de 24 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de julio de 2009), de la Consejería de Educación, se concede dicha beca a don Francisco Javier Hernández Fernández. En vista de la renuncia formulada por don Francisco Javier Hernández Fernández, así como de los siguientes candidatos de la lista de suplentes, y de conformidad con el artículo 12 de la citada Orden 5855/2008, de 18 de diciembre, que establece que si el adjudicatario renuncia a la beca la vacante será ocupada por el primer calificado en la lista de suplentes, así como del apartado tercero de la Orden 2010/2009, de 30 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 9 de junio de 2009), que señala que las vacantes se cubrirán, en orden sucesivo, con aquellos aspirantes que hubieran obtenido la máxima puntuación, según el listado de suplentes que se especifica en el mismo, DISPONGO Primero Adjudicar una beca de formación en documentación educativa a favor de doña María Mercedes Gallego Arteaga, en aplicación del artículo 10 de la Orden 5855/2008, de 18 de diciembre, de la Consejería de Educación, por la que se convoca una beca de formación en documentación educativa. Segundo La beca se desarrollará desde el día 21 de septiembre de 2009 hasta el día 31 de diciembre de 2012, con cargo a la partida 48290 del programa 509, por las cuantías que se pormenorizan a continuación: — Ejercicio económico 2009: 3.000 euros. — Ejercicio económico 2010: 11.400 euros. — Ejercicio económico 2011: 12.000 euros. — Ejercicio económico 2012: 12.600 euros. Tercero El pago de la beca se hará efectivo mensualmente, previa certificación del Director General de Mejora de la Calidad de la Enseñanza, de conformidad con la calidad de las tareas realizadas, por el importe que a continuación se detalla: — Ejercicio económico 2009: 900 euros. — Ejercicio económico 2010: 950 euros. — Ejercicio económico 2011: 1.000 euros. — Ejercicio económico 2012: 1.050 euros. De conformidad con el artículo 5 de la Orden 5855/2008, de 18 de diciembre, que señala que, en caso de que la incorporación del becario se produzca iniciado el mes, el importe mensual se prorrateará desde el día de la incorporación efectiva del becario hasta el último día del mes, el importe correspondiente al mes de septiembre de 300 euros. Cuarto El disfrute de esta beca al amparo de esta convocatoria es incompatible con cualquier otra beca o ayuda de similares características, financiada con fondos públicos, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado. Quinto Los adjudicatarios de las becas quedarán obligados a facilitar cuanta información les sea requerida por la Intervención General de la Comunidad de Madrid, Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes y, en particular, a asumir los extremos regulados en el artículo 4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid. Sexto Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, o directamente el recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir. Madrid, a 18 de septiembre de 2009. La Consejera de Educación, LUCÍA FIGAR DE LACALLE (03/35.719/09) |

