Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
10-11-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091110-0048

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 10
DE MADRID

EDICTO

Don José Carlos Gomilla de Sande, secretario del Juzgado de primera instancia número 10 de los de Madrid.

Doy fe: Que en los autos de juicio verbal número 1.067 de 2007 figura dictada sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 148

En Madrid, a 16 de septiembre de 2009.—Vistos por mí, doña María Teresa Villagarcía Sancho, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 10 de los de esta capital, los presentes autos de juicio verbal número 1.067 de 2007, promovidos por la procuradora de los tribunales doña África Martín Rico, en representación de “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, contra don Antonio Sánchez San Nicolás, declarado en situación procesal de rebeldía, como parte demandada; en nombre de Su Majestad el Rey y por la autoridad que me ha sido conferida procedo a dictar la presente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales doña África Martín Rico, en representación de “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, contra don Antonio Sánchez San Nicolás, debo declarar y declaro resuelto el contrato de suministro de gas existente entre las partes, suscrito mediante la póliza número 2.042.773, debiendo la parte demandada, don Antonio Sánchez San Nicolás, facilitar la entrada en el domicilio donde se presta el suministro de gas y debiendo permitir que se desmonte el contador de gas, clausurando la instalación receptora, y para el caso de que no lo permita se librará mandamiento de entrada para que en el día y hora que al efecto se señale se constituya la comisión judicial en el mismo, asistida de la representación de la actora, a fin de que por el personal técnico de la compañía se proceda a la privación del suministro, desmontando el contador.

Y debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la actora la cantidad de 861,35 euros, más los intereses de esta cantidad; imponiéndole, igualmente, a la parte demandada las costas de este procedimiento.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Esta sentencia es apelable para ante la Audiencia Provincial de Madrid dentro de los cinco días siguientes a su notificación, debiendo interponerse ante este Juzgado en la forma establecida en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Y para que conste y sirva de notificación en legal forma al demandado rebelde don Antonio Sánchez San Nicolás, expido el presente en Madrid, a 19 de octubre de 2009.—El secretario (firmado).

(02/12.375/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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