Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091106-0105
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS COSLADA RÉGIMEN ECONÓMICO El Pleno Municipal, en sesión celebrada el 4 de noviembre de 2009, aprobó provisionalmente la modificación de las ordenanzas fiscales y de precios públicos, que más abajo se indican y que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2010: — Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de Cementerio Municipal. — Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la recogida de vehículos de la vía pública. — Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por utilización privativa o aprovechamientos especiales del dominio público local y por la prestación de servicios o realización de actividades administrativas. — Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles. — Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. — Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana. — Ordenanza fiscal del impuesto sobre actividades económicas. — Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por utilización privativa o aprovechamientos especiales del dominio público local y por la prestación de servicios o realización de actividades en las áreas de Juventud e Infancia. — Ordenanza fiscal reguladora del sistema especial de pago de tributos periódicos. — Ordenanza fiscal reguladora del precio público por la asistencia a la Escuela Municipal de Música. — Ordenanza fiscal reguladora del precio público por la asistencia al servicio de acogida y actividades extraescolares. — Derogación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamientos especiales constituidos en el suelo, subsuelo o vuelo de la vía pública a favor de empresas explotadoras de telefonía móvil. Asimismo, acordó la imposición y ordenación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por aprovechamiento especial del dominio público local, a favor de empresas explotadoras de suministros de interés general. Los expedientes quedan expuestos al público por un plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante los cuales los interesados podrán examinarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno. En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones en el citado período, se entenderán definitivamente adoptados los acuerdos sin necesidad de acuerdo plenario. Coslada, a 4 de noviembre de 2009.—El secretario general, Víctor M. Villasante Claudios. (03/35.840/09) |

