Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-11-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091105-0018

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

Don Isidro Valenzuela Villarrubia, tesorero del Ayuntamiento de Alcobendas (Madrid).

Resultando que a los deudores de esta Hacienda Municipal, incluidos en las relaciones que se adjuntan y por los conceptos tributarios consignados, no se les ha podido realizar la notificación de las resoluciones dictadas, por causas no imputables a esta Administración, y una vez intentada por dos veces esta en el domicilio señalado a efectos de notificaciones y/o, en su caso, domicilio fiscal, se procede a citar a los interesados o, en su caso, representantes, mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, según establece el artículo 112 de la Ley General Tributaria, para ser notificados mediante comparecencia en el Departamento de Rentas y Exacciones del Ayuntamiento de Alcobendas (plaza Mayor, número 1, primera planta), en horario de nueve y treinta a trece y treinta, de lunes a viernes, y en el plazo de quince días a contar
desde el día siguiente al de la fecha de publicación del presente anuncio.

Asimismo, se advierte a los interesados de que si transcurrido dicho plazo no se hubiese comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer, efecto que se indica en cada caso, de acuerdo con la siguiente referencia:

A.1) Inicio del plazo para interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, conforme establece el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Lo-
cales.

A.2) Inicio del plazo para interponer recurso contencioso-administrativo frente a la liquidación correspondiente, conforme establece el artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

A.3) Inicio del plazo de quince días del trámite de puesta de manifiesto del expediente y alegaciones frente al mismo. De no efectuarse alegaciones en el plazo mencionado, el acuerdo de incoación podrá ser considerado propuesta de resolución, puesto que contiene un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada.

Los datos personales contenidos en este documento serán tratados informáticamente en los términos del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, y en la Ley 8/2001, de la Comunidad de Madrid, pudiendo ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el director del Servicio de Rentas y Exacciones, como responsable del fichero “Exacciones”.

Recurrente y último domicilio. — Expediente. — Concepto, ejercicio y objeto de la publicación. — Tipo de recurso contra la resolu-
 ción. — Órgano competente de tramitación

María del Mar Moreno Salazar (B-83826990), paseo de la Chopera, 311, Alcobendas (Madrid). — Rentas 177/09B (TGRU). — Requerimiento del jefe de Gestión de Ingresos Generales del Departamento de Rentas y Exacciones, efectuado al interesado a fin que en plazo improrrogable de diez días aporte documentación que justifique y acredite que la baja de la actividad situada en el paseo de la Chopera, 311, se produjo con fecha marzo-2005 (declaración censal de baja ante la Agencia Estatal de Administración (modelo 036); rescisión contrato arrendamiento si el local es alquilado, etcétera). En caso de no aportar la documentación requerida o en base a la documentación aportada al efecto, si no quedara suficientemente acreditada, se tomará como fecha de baja la de la presentación de la solicitud del interesado. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley de Procedimiento Administrativo y artículo 156.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, debo informarle que de no presentar estos documentos se entenderá que desiste de su derecho al trámite referido, archivándose todas las actuaciones si de ello dependiera la continuación del procedimiento. No obstante, podrá solicitar declaración expresa de desistimiento conforme dispone el artículo 103, apartado segundo de la Ley General Tributaria.

Chiqui Park Centros Comerciales, Sociedad Limitada, Fuencarral, 121-4, 28010 Madrid. — 150/09. — Impuesto sobre actividades económicas. — Infracción tributaria. — Decreto 8362/2009, de 7 de agosto. — Se acuerda imponer a Chiqui Park Centros Comerciales, Sociedad Limitada, con código de identificación fiscal número B-31698269, multa de 400 euros en concepto de infracción tributaria leve, conforme a lo dispuesto en el artículo 192.2 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre. — Ver A.1. — El concejal-delegado de Economía.

Chiqui Park Centros Comerciales, Sociedad Limitada, Fuencarral, 121-4, 28010 Madrid. — 150/09. — Impuesto sobre actividades económicas. — Infracción tributaria. — Decreto 8269/2009, de 4 de agosto. — Se acuerda imponer a Chiqui Park Centros Comerciales, Sociedad Limitada, con código de identificación fiscal número B-31698269, multa de 400 euros en concepto de infracción tributaria leve, conforme a lo dispuesto en el artículo 192.2 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre. — Ver A.1. — El concejal-delegado de Economía.

Chiqui Park Centros Comerciales, Sociedad Limitada, Fuencarral, 121-4, 28010 Madrid. — 150/09. — Impuesto sobre actividades económicas. — Infracción tributaria. — Decreto 8363/2009, de 7 de agosto. — Se acuerda imponer a Chiqui Park Centros Comerciales, Sociedad Limitada, con código de identificación fiscal número B-31698269, multa de 400 euros en concepto de infracción tributaria leve, conforme a lo dispuesto en el artículo 192.2 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre. — Ver A.1. — El concejal-delegado de Economía.

Chiqui Park Centros Comerciales, Sociedad Limitada, Fuencarral, 121-4, 28010 Madrid. — 150/09. — Impuesto sobre actividades económicas. — Infracción tributaria. — Decreto 8364/2009, de 7 de agosto. — Se acuerda imponer a Chiqui Park Centros Comerciales, Sociedad Limitada, con código de identificación fiscal número B-31698269, multa de 400 euros en concepto de infracción tributaria leve, conforme a lo dispuesto en el artículo 192.2 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre. — Ver A.1. — El concejal-delegado de Economía.

Madrid Castilla Express, Sociedad Limitada, Alcarria, 8, 28820 Coslada. — 107/09. — Impuesto sobre actividades económicas. — Infracción tributaria. — Decreto 8360/2009, de 7 de agosto. — Se acuerda imponer a Madrid Castilla Express, Sociedad Limitada, con código de identificación fiscal número B-82204009, multa de 400 euros en concepto de infracción tributaria leve, conforme a lo dispuesto en el artículo 192.2 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre. — Ver A.1. — El concejal-delegado de Eco-
nomía.

Alcobendas, a 14 de octubre de 2009.—El tesorero, Isidro Valenzuela Villarrubia.

(02/11.908/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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