Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-11-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091105-0093

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 10 DE SEVILLA

EDICTO

Doña Carmen Álvarez Tripero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 194 de 2009, a instancias de la parte actora don Miguel Ángel Martínez Ramírez, don Antonio Busto Díaz, don Juan Campos Navarro, don Luis González Navarro y don Antonio Mora Lianes, contra “Procons 2010, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “DHO Infraestructuras, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Auto

En Sevilla, a 9 de octubre de 2009.—Dada cuenta; y…

Parte dispositiva:

Su señoría ilustrísima dijo: Procédase a la ejecución de la sentencia por la suma de 32.381,22 en concepto de principal, más la de 6.476 euros calculados para intereses y gastos, y habiendo sido declarada la ejecutada “Procons 2010, Sociedad Limitada Unipersonal”, en insolvencia provisional, dese audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones de la deudora que puedan ser objeto de embargo.

En cuanto a la entidad ejecutada “DHO Infraestructuras, Sociedad Limitada”, procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de dicha ejecutada hasta el importe de 11.675 euros (límite de su responsabilidad) de principal, más 2.335 euros de intereses, costas y gastos, debiéndose guardar en la diligencia el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose a la ejecutada, administrador, representante, encargado o tercero en cuyo poder se encuentren los bienes de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario.

Teniendo en cuenta el importe del principal adeudado, requiérase a los ejecutantes para que en el plazo de diez días señalen bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada “DHO Infraestructuras, Sociedad Limitada”, que puedan ser objeto de embargo, sin perjuicio de lo cual se decreta el embargo de las cantidades que por el concepto de devolución del impuesto sobre el valor añadido o por cualquier otro pudiera corresponder a la ejecutada en cuantía suficiente a cubrir el importe del principal, intereses y gastos presupuestados, a cuyo efecto, líbrese el correspondiente oficio, así mismo, líbrese oficio al Servicio de Índices en Madrid y procédase a la averiguación de bienes a través de la aplicación informática de la Dirección General de Tráfico, a fin de que informe sobre bienes que parezcan como de la titularidad de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña Carmen Lucendo González, magistrada-juez del Juzgado de lo social, número 10 de Sevilla. Doy fe.—La secretaria (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Y para que sirva de notificación a la demanda “Procons 2010, Sociedad Limitada Unipersonal”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a 9 de octubre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.613/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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